El documento solicita el cumplimiento de una propuesta ya vigente en la norma, exponiendo la petición de forma directa y fundamentándola. Esto se basa en que toda decisión de la administración electoral debe estar motivada y fundamentada técnica y jurídicamente, en respeto al debido proceso sustantivo. Finalmente, el texto señala la atribución del Tribunal Supremo Electoral (TSE) para implementarla, proponiendo un artículo para el Reglamento de Candidaturas.